
EL BOJA extraordinario número 77 del día 9 de noviembre de 2020 publico por medio de la Presidencia de la Junta de Andalucía las medidas más importantes adoptadas y publicadas y el agradecimiento de la publicación a la Junta de Andalucía de dichas medidas; no obstante este articulista va a adjuntar todas las medidas publicadas para un mejor conocimiento de los lectores de Alhaurin.Com.
D I S P O N G O
Artículo 1. Objeto.
El objeto de este decreto es establecer las medidas necesarias para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, en condición de autoridad delegada del Gobierno de la Nación y atendida la evaluación de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad realizada por la autoridad sanitaria andaluza.
Artículo 2. Limitación de entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.