 |
Limpiezas de lineas eléctricas de alta tensión | Francisco Pérez Ríos. 27.12.21 | |  Alhaurin de la Torre, al tener una central eléctrica en el municipio y su situación geográfica, es atravesada por numerosas líneas de alta tensión a lo largo del término municipal, y por toda nuestra sierra, verdaderamente todas se encuentran bastantes limpias y cumpliendo los reglamentos exigidos para estas líneas. Personalmente recorro nuestras sierras siempre fuera de los senderos o caminos habilitados existentes en ocasiones y no es la primera vez que he observado circunstancias que no deben ser correctas a decretos o leyes sino simplemente a que hechos como pueden observar en la fotografía que acompaño que no pueden dejarse sin retirar a unos metros de un cauce de un arroyo troncos de pinos cortados, en concreto en este caso junto a uno de nuestros arroyos más representativos y que puede presentar un peligro en caso de fuertes lluvias que por desgracia están ocurriendo continuamente aunque en nuestro pueblo esto apenas ocurre, había que remontarse supuestamente sobre el año 1917 cuando el Arroyo del Blanquillo con un extenso cauce tanto en anchura como en profundidad se llevó a siete corrales del centro de nuestro pueblo. | Los reglamentos que regulan estas actividades son muy muchos e importantes y se cumplen, pero supuestamente deberían ser más vigilados por la Administración Pública competente para evitar algunos errores, que se puedan cometer. Igualmente deberán ser cortados todos aquellos árboles que constituyen un peligro para la conservación de la línea, entendiéndose como tales los que, por inclinación o caída fortuita o provocada, puedan alcanzar los conductores en su posición normal. El responsable de la explotación de la línea estará obligado a garantizar que la distancia de seguridad entre los conductores de la línea y la masa de arbolado dentro de la zona de servidumbre de paso satisface las distancias anteriores, estando obligado el propietario de los terrenos a permitir la realización de tales actividades. Asimismo, comunicará al órgano competente de la administración las masas de arbolado excluidas de zona de servidumbre de paso que pudieran comprometer las distancias de seguridad establecida en este reglamento. Conforme a lo establecido en el RD 1955/2000, de 1 de diciembre, para las líneas eléctricas aéreas, queda limitada la plantación de árboles en la franja definida por la servidumbre de vuelo, incrementada con las distancias mínimas de seguridad a ambos lados de la proyección. |
|
|
<-Volver |
|
|